| El Servicio de Visas de los Estados Unidos |
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Bienvenido al Sitio Web del Servicio de Información de Visas para los Estados Unidos Este servicio le proporciona información sobre visas de inmigrantes y no inmigrantes; los procedimientos detallados para programar su cita de solicitud de visa de no-inmigrante, e información sobre la presentación de su solicitud de visa de una manera eficiente. |
ATENCION:
La sección consular de los Estados Unidos en Argentina ha cambiado al nuevo servicio de citas para solicitantes que aplican a una visa para los Estados Unidos. Queremos asegurar que los solicitantes no serán afectados por este cambio. Si el solicitante ha iniciado un proceso de programación de cita, por favor revise la guía contenida en la sección "Solicitantes de Transición".
Por favor no vaya al Banco a pagar la tasa de MRV sin la boleta de depósito. Si no presenta la boleta de depósito el Banco no podrá aceptar su pago, sin excepción.
AVISO: la hoja de confirmación del formulario DS 160 no es una boleta de depósito y no se debe usar para realizar el pago en el banco.
Este es el UNICO sitio oficial de Internet patrocinado por los Estados Unidos para el pago del cargo por la solicitud de visa y la programación de las citas de visa.
ADVERTENCIA: No haga pagos en ningún otro sitio de Internet.
Si es nuevo en este servicio, por favor ingrese aquí para aprender como utlizar el sistema. Si usted ya ha utilizado el sistema, por favor haga click en la imagen de la derecha para acceder a su cuenta ingresando su número de pasaporte, fecha de nacimiento y nacionalidad.
Si tiene alguna pregunta vaya a la sección de Preguntas Frecuentes en la parte superior de la pantalla. Por inconvenientes con la pagina o sugerencias por favor ingrese en "Contáctenos" y envíenos un email con su consulta.
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Política de Privacidad
La información personal proporcionada a este servicio como parte del proceso para programar una entrevista para la visa o el pago de la tasa de solicitud de visa se almacenan como archivos protegidos de conformidad con las obligaciones de CSC para proporcionar información solamente al Departamento de Estado según lo definido por el Departamento de Estado de Asuntos Consulares, incluyendo pero no limitado a las Leyes Federal de los EE.UU. y los requisitos del país anfitrión.