Excención de Presentación Personal

La mayoría de los solicitantes deben presentarse en persona en la Sección Consular para solicitar una visa para los EE. UU. Sin embargo, algunos solicitantes pueden quedar exentos de dicho requisito en función de su edad o de otros criterios, según lo determinen la Embajada o las leyes de inmigración a los EE. UU.

Actualmente, si un solicitante cumple los siguientes criterios para una visa B1/B2 (de turista):

  • Niños menores de 14 años, si algo de lo siguiente corresponde:
    • Uno o ambos padres debe tener una visa de turista válida (B1/B2) (10 años)
    • El solicitante no ha sido rechazado con anterioridad.
  • Solicitantes mayores de 80 años, si algo de lo siguiente corresponde:
    • El solicitante no ha sido rechazado con anterioridad.

El solicitante debe presentar lo siguiente en el paquete al mensajero:

  • Página detallando el contenido del paquete.
  • Pasaporte con por lo menos seis meses de validez.
  • Formulario DS-160: El formulario DS-160 debe completarse en línea. El solicitante que requiere una visa debe completar el formulario en su totalidad en inglés, con la excepción de nombres o direcciones. Una vez completado, imprima una planilla de confirmación con un código de barras solamente que deberá presentar el día de la entrevista. Al formulario se puede acceder en https://ceac.state.gov/genniv.
  • Una fotografía 5 cm x 5 cm (2” x 2”) tomada de cada solicitante dentro de los últimos seis meses. Cada solicitante debe tener una fotografía, independientemente de la edad, que se tome contra fondo blanco, con el solicitante enfrentando directamente a la cámara. Las orejas del solicitante deben exponerse sin gafas que sean oscuras o causen un reflejo y sin la cabeza cubierta a menos que la religión del solicitante prohíba la ausencia de dicha cobertura. La cara debe cubrir 50 por ciento del área de la foto. La foto no ha sido escaneada e impresa.
  • Recibo por pago MRV
  • Los solicitantes que son menores de edad:
    • Una fotocopia de la visa de uno o ambos padres (como corresponda).
    • Certificado de nacimiento original del niño u otro documento pertinente que establezca la relación.

NOTA: Si uno o ambos padres del menor son elegibles para una exención de visa, son ciudadanos de los Estados Unidos o residentes permanentes en los EE. UU., deberán consultar a la Sección Consular de la Embajada en Santiago por correo electrónico a SantiagoVisa@State.Gov con la palabra EXENCIÓN en la línea de sujeto.

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